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Asociación sin ánimo de lucro, inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones con el número 613.620. Pertenece a FEDER, Federación Española de Enfermedades Raras que une a toda la comunidad de familias con enfermedades poco frecuentes en España; y a FEEHM, Federación Española de Enfermedades Metabólicas Hereditarias.

 

Nuevo Baremo de Discapacidad 20 abril 2023

Nuevo Baremo de Discapacidad 20 abril 2023

El 20 de abril entró en vigor el nuevo baremo de valoración de la discapacidad en el que además del enfoque médico-rehabilitador, se tendrá consideración de la parte social, al tener en cuenta la participación de las personas con discapacidad en la sociedad y las barreras que se encuentran a la hora de ejercer este derecho.

Este nuevo baremo de la valoración de la discapacidad sustituye al que estaba en vigor desde 1999, y se adapta al modelo social de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas.

Es importante destacar la posibilidad de realizar un trámite de urgencia por causas humanitarias o de especial necesidad social o de salud, que incluye a las víctimas de zonas en guerra y a las personas con enfermedades degenerativas.

La tramitación del procedimiento va a poder realizarse telemáticamente y permite que la persona pueda ir acompañada.

Este nuevo baremo tiene en cuenta otras realidades, como las enfermedades raras.

Con el cambio de normativa, el RD 888/2022 establece los siguientes grados de discapacidad:

Baremos de valoración:

A partir de ahora, para hallar el grado de discapacidad que corresponde a una persona, se debe utilizar una nueva fórmula que contiene cuatro baremos

  1. Evaluación de las Funciones y estructuras corporales/Deficiencia Global de la Persona (BDGP): evalúa la afectación en cuanto a funciones fisiológicas y mentales, así como de los órganos y partes del cuerpo (vista, oído, lenguaje, sistemas internos (respiratorio, digestivo, …), huesos, músculos y piel). Los calificadores de gravedad que sea aplican aquí son:

 

  1. Evaluación de las Capacidades/Limitaciones en la Actividad (BLA): se mide la capacidad para desenvolverse en las actividades más básicas de la vida diaria, valorando el esfuerzo requerido para llevarlas a cabo y el posible grado de dolor. Incluye el autocuidado y la movilidad, que constituyen otros dos baremos específicos denominados BLGTAA y BLAM. Pero, en general, los resultados de la medición pueden ser los siguientes:
  1. Evaluación del Desempeño/Restricciones en la Participación (BRP-QD): Donde se estudian las limitaciones de la persona en su entorno real y los posibles problemas para implicarse en situaciones vitales.
  1. Evaluación de los Factores Contextuales/Barreras Ambientales (BFCA): se centra en factores tanto personales como externos que pueden tener una influencia positiva o negativa (ser una barrera), siendo la escala la siguiente:

El último de estos baremos no siempre se aplica, pero, si se aplica, el porcentaje obtenido en la evaluación BDGP, BLA, y BRP-QD, se podrá modificar con la suma de puntos por BFCA, con un máximo de 24 puntos.

Baremos BLGTAA: Dependencia de terceros ‘Baremo de Limitación Grave y Total en el dominio de Autocuidado’ se enfoca hacia personas que ostentan un porcentaje de discapacidad igual o superior al 75%, y que por tanto se considera que necesitan la ayuda de terceras personas en su vida cotidiana. Está relacionado con la evaluación BLA.

A ellas se les puede reconocer un GDA (grado de discapacidad ajustado) de alguno de estos niveles, según gravedad:

Baremo BLAM para la movilidad reducida: El “Baremo de Limitaciones en las Actividades de Movilidad” es el que se emplea para certificar la movilidad reducida. Cuando se asigne una limitación final de movilidad igual o superior al 25% se determinará que la persona tiene, oficialmente, movilidad reducida y dificultades para utilizar el transporte colectivo.

 

 

Dictamen y plazos 

La valoración de discapacidad será realizada por los órganos técnicos de cada comunidades autónomas.

Los equipos estarán compuestos de profesionales sanitarios, profesionales del área social, con titulación mínima de grado universitario o equivalente.

Emitirán un dictamen que con los siguientes puntos:

  • El grado de discapacidad concedido.
  • Las puntuaciones obtenidas en los distintos baremos.
  • Los códigos de diagnóstico, deficiencia, limitaciones, restricciones, etc.
  • Si hay o no la necesidad del concurso -ayuda- de otra persona.
  • La existencia de dificultades de movilidad para utilizar el transporte público.

Enlaces de interés:

IMSERSO da 8 claves sobre el nuevo baremo de discapacidad

https://somosdisca.es/nuevo-baremo-de-valoracion-del-grado-de-discapacidad/

https://plenainclusionmadrid.org/noticias/novedaes-baremo-discapacidad/

https://www.boe.es/boe/dias/2022/10/20/pdfs/BOE-A-2022-17105.pdf

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